Principios de legalidad y non reformatio in peius y los delitos sancionados con cadena perpetua
Abstract
Tanto el principio de legalidad como el non reformatio in peiusson fundamentales en el marco del proceso penal. Por ello la posibilidad que exista un escenario proclive a la pugna entre ambos es cuestionable. Sin embargo, esa es la realidad cuando estamos frente a casos en los que el delito es sancionado con cadena perpetua y la pena impuesta es inferior a la misma, pues de apelar únicamente el imputado es necesario aplicar un principio en detrimento del otro. De manera específica se identificaron casos en que los imputados apelan penas inferiores a la cadena perpetua frente a la pasividad del Ministerio Público que no interpone recurso impugnatorio alguno, pese a la flagrante inobservancia del principio de legalidad. En reiteradas oportunidades las penas inferiores se justifican en la existencia de circunstancias atenuantes privilegiadas y/o confesión, y/o conformidad procesal, olvidando que la cadena perpetua es una pena tasada; existiendo además casos en los que éstas no se configuran. En tal sentido, se puede evitar la pugna en mención si se incorpora a nivel normativo mecanismos que permitan la reducción de la cadena perpetua frente a la presencia de circunstancias de atenuación y la conformidad procesal ya mencionadas. En efecto, se reducirá la subjetividad al momento de determinar la pena, pues las reducciones se efectuarán en el marco de lo establecido normativamente, aportando a la observancia del principio de legalidad. Palabras claves: cadena perpetua, principio de legalidad, principionon reformatio in peius.
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- Tesis [103]