Tratamiento de las donaciones recibidas del exterior y su relación con la devolución del IGV e IPM en Cáritas Cusco, periodo 2018
Resumen
El presente trabajo intitulado “Tratamiento de las donaciones recibidas del exterior y su relación con la devolución del IGV e IPM en Cáritas Cusco, periodo 2018”, describe que, en Perú, las personas jurídicas, bajo el principio de la legalidad tienen un reconocimiento constitucional a los que no perciben fines lucrativos y reciben un trato diferente en el ordenamiento tributario debido a su función social y fines. En tal sentido los organismos que están exonerados del pago del impuesto a la renta pueden gozar de un beneficio tributario, previo trámite en la institución correspondiente para la devolución del IGV e IPM.En dicho contexto, se busca responder lo siguiente: ¿Cuál es la relación del tratamiento de las donaciones recibidas del exterior con la devolución del IGV e IPM en Cáritas Cusco, 2018? Para cuyo efecto la investigación se enfocó en dar a conocer la problemática existente en la devolución del IGV e IPM en Cáritas Cusco, y a partir de ello buscar hacer uso intensivo de los beneficios estipulados en el Decreto Legislativo 783. La investigación demuestra la existencia de una fuerte relación entre el tratamiento de las donaciones recibidas del exterior con la devolución del IGV e IPM; así lo señalan los resultados obtenidos a través del software SPSS en el que señalan la existencia de una correlación de Pearson de 84.60%, lo cual evidencia la existencia de la relación entre las variables; Sin embargo, los beneficios establecidos no han sido difundidos a los colaboradores de Cáritas Cusco.
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