El Cyberbullying en menores de edad Cusco 2018
Resumen
La presente investigación titulada “El Ciberbullying en menores de edad - Cusco 2018”, basa en la Ley 29719 - Promueve la Convivencia sin Violencia en las Instituciones Educativas, tiene por objeto determinar los fundamentos para sugerir la inclusión del Ciberbullying a menores de edad como figura delictiva en la normativa penal en el Perú, se desarrolló la investigación con la metodología cualitativa Dogmática Jurídico Propositiva, donde se analizó la Constitución Política del Perú, Código del Niño y del adolescente, Código Penal, Ley N°29719, Ley N°30096, Decreto Legislativo N°1348 - Código de Responsabilidad Penal de Adolescente y Sentencias de casos de ciberbullying en menores de edad. Arribando a las siguientes conclusiones: Se ha determinado los fundamentos para sugerir la inclusión del Ciberbullying a menores de edad como figura delictiva en la normativa penal en el Perú, basados en: La omisión de regulación del ciberbullying por la falta de iniciativa de parte de los legisladores y autoridades en la tipicidad de este fenómeno. Los elementos constitutivos del delito de ciberbullying describen una conducta de amenaza, intimidación, avergonzar o criticar, sin connotación sexual, a un menor de edad afectando su integridad, con respecto al análisis antijurídico y culpabilidad. Las características más relevantes de la víctima se determinaron entre los 12 a los 17 años y la del agresor el género masculino. Los medios utilizados para cometer el delito están las redes sociales y se manifiesta con el hostigamiento y los insultos electrónicos.
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