Despenalización en los delitos contra el honor en el Perú
Resumen
El objetivo general de la investigación fue identificar argumentos jurídicos y sociales para justificar que la injuria, calumnia, difamación, difamación o injuria encubierta o equivoca e injurias reciprocas dejen de tipificarse como delitos, y no se sancionen en la legislación penal vigente. En esa línea, el enfoque ha sido el cualitativo y el tipo de estudio dogmático propositivo. La muestra del estudio es no probabilística y está constituida por sesenta abogados especialistas en derecho penal de la provincia de Tambopata. Las técnicas aplicadas son el análisis documental y la encuesta; y como instrumentos de recolección de datos se utilizaron la ficha de análisis documental y el cuestionario de preguntas. Como resultados más relevantes se tiene, primero, los delitos contra el honor son sancionados con penas leves, porque la lesión de este bien jurídico no es de gravedad; y segundo, la mayoría de abogados están de acuerdo en la despenalización de los delitos contra el honor y que los agraviados deben recurrir a la vía civil a través de una demanda por responsabilidad civil extracontractual tramitada como proceso sumarísimo. Lo que permite concluir que la vía idónea para la protección del derecho al honor cuando este es vulnerado, es el proceso civil.
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